Doctrina: Circulación intracomunitaria e interna del MTBE de origen sintético, clasificado en el código NC 29091990.

2026-10-30T00:49:01+01:0024 de junio de 2021|

La DGT (V0656-21) concluye que la circulación y tenencia del MTBE sintético (NC 2909.19.90) no exige requisitos formales del Impuesto sobre Hidrocarburos.