TRIBUNAL SUPREMO SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN: PRIMERA Auto de 11 de diciembre de 2020

El Abogado del Estado presentó el 15 de enero de 2020 un recurso de casación contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en la que se reconocía el derecho a reclamar ante la Oficina gestora de Impuestos especiales de Málaga la devolución del tramo autonómico del impuesto sobre hidrocarburos.
El Supremo acaba de dictar ahora un auto en el que considera que la cuestión que presentan interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en “determinar si un consumidor final, a quien se le ha repercutido el impuesto no por disposición u obligación legal sino por decisión unilateral de la persona o entidad titular de la estación de servicio, está legitimado, en virtud de lo dispuesto en el artículo 14.1 del Real Decreto 520/2005, RRVA , para solicitar la devolución de eventuales ingresos indebidos en el caso de que las cuotas ingresadas fueran devengadas por el Impuesto sobre Hidrocarburos”.

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